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Lunes Mayo 29, 2023

Hoy se posesiona Eduardo Montealegre como nuevo Fiscal General de la Nación. Y el primer caso que tendrá que ganar es el del término de su propio período. Pero la decisión final no se conocerá sino hasta dentro de mínimo seis meses, que es el tiempo que se tomará el Consejo de Estado en decidir. Por ahora, las fuerzas dentro de la corporación no juegan a su favor.

Recién elegido Montealegre como Fiscal afirmó en una de sus primeras declaraciones que él consideraba que su elección era para un período de cuatro años. 

El Primer Fiscal, Gustavo de Greiff, no pudo completar su período por haber cumplido 65 años. 
Al elegir a Alfonso Valdivieso para reemplazar a De Greiff en 1995, el Consejo de Estado afirmó que el período del Fiscal era personal.
El Consejo de Estado será quien defina si Montealegre es Fiscal durante cuatro años o solo durante un año y medio.

Sin embargo, según supo La Silla Vacía, esta no es por ahora la posición mayoritaria de los consejeros de Estado que tendrán la última palabra en el asunto.

La discusión

Básicamente la discusión es sobre si Montealegre debe permanecer en el cargo los cuatro años que dura el período del Fiscal o solo hasta 2013.

La Sala Consultiva del Consejo de Estado dijo hace unas semanas que el período del Fiscal es institucional y no personal. Es decir, que dado que Montealegre reemplaza a Viviane Morales, cuyo período empezó el 1 de agosto de 2009, su período concluirá el 31 de julio de 2013, que es cuando terminaría el de Morales si su elección no hubiera sido anulada.

Este concepto contradijo la posición inicial del mismo Consejo de Estado en 1995.

En dicha oportunidad, la corporación resolvió un caso similar cuando el fiscal Gustavo de Greiff tuvo que renunciar porque había cumplido 65 años de edad y existía la misma pregunta frente al período del fiscal Alfonso Valdivieso.

En esa oportunidad, el Consejo de Estado dijo que las cabezas de la Rama Judicial tenían un período individual y que el Fiscal General no era una excepción. Por lo tanto, su período era individual por cuatro años, sin importar el momento en el que era elegido.

Pero luego de ese fallo, salieron dos normas que en opinión de la Sala Consultiva no dejan duda de que el período del Fiscal es institucional.

El primero fue el acto legislativo 1 de 2003, que determinó que todos los cargos de elección tendrían períodos institucionales. Y unos meses más tarde, el Estatuto Orgánico de la Fiscalía (la ley 938 de 2004), definió expresamente que “el Fiscal General es elegido por un período institucional de cuatro años”.

El concepto de la Sala Consultiva no es obligatorio y por lo tanto la Sala Plena del Consejo de Estado podría apartarse de él. Pero según supo La Silla Vacía, entre los consejeros de Estado no hay tanto lío sobre si el período es institucional o personal. La mayoría coincide en que después de esta última ley es claro que es institucional. El debate es desde cuándo comienza a correr este período.

Una minoría dentro del Consejo de Estado considera que este período institucional empieza a correr desde el momento en el que se posesiona el nuevo Fiscal. Es decir que Montealegre estaría a cargo de la Fiscalía durante cuatro años.

El razonamiento de estos consejeros es más que todo práctico. Ellos traen a colación la hipótesis de qué hubiera sucedido si el ex fiscal encargado Mendoza Diago se hubiera quedado durante tres años y 11 meses porque la Corte Suprema nada que elegía al nuevo Fiscal. ¿El nuevo Fiscal se desempeñaría solo durante dos meses para completar el período institucional? Ellos creen que esto no tendría sentido. Y que desde el punto de vista de la política criminal también es absurdo que un funcionario entre a este cargo por menos de los cuatro años que mínimamente se necesitan para ponerla a funcionar.

Sin embargo, esta fue la posición de un bloque minoritario cuando la Sala Plena del Consejo de Estado anuló la elección de Viviane Morales y discutió este punto, pero decidió no incluirlo en el fallo final.

Para el bloque mayoritario el período del Fiscal se debe contabilizar formalmente. Es decir, desde que se expidió el Estatuto Orgánico de la Fiscalía o el Acto Legislativo que dijo que los cargos de elección popular tenían períodos institucionales. En tal caso, el período de Montealegre iría hasta el 2013.

Ser Fiscal durante un año o durante cuatro influye radicalmente sobre las decisiones que se toman o se dejan de tomar en ese cargo, pues los objetivos a cumplir en un año son muy diferentes a las metas que se trazan para cuatro. Sobre todo si, como prometió Montealegre, su propósito fundamental es hacer realidad el sistema penal acusatorio, creando estructuras de interpretación para los delitos según su contexto. Por eso, que no haya claridad sobre este punto hace que la posesión del Fiscal hoy esté rodeada de un halo de incertidumbre.
 

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Mar, 2012-04-03 13:29

Si el periodo es individual, se abre entonces la posibilidad que lo sea para otros cargos del sector público. Pero lo importante aquí es comprobar de nuevo que las leyes se aplican por lo general de acuerdo a la correlación de fuerzas del momento.

Vie, 2012-03-30 11:38

El periodo del Fiscal es afortunadamente institucional, como lo concibió el constituyente dentro del sistema de pesos y contrapesos. Las señas q da el nuevo Fiscal del Externado, cuya prioridad anunciada serán los Derechos Humanos, me recuerda al Fiscal, también del Externado, Zucarita Iguarán, quien se dedicó a hacer arqueología jurídica, o sea desempolvar casos importantes, irresponsablemente no resueltos por los anteriores fiscales, y de gran impacto como el de Galán, para distraer a la opinión pública y evadir así las papas calientes relacionados con al corrupción uribista. Ya verán que este señor es otro vendido al Emperador de la Corrupción, Uribe. Menos al que solo lo vamos a tener 15 meses. Y ojala se encontraran argumentos para rebajarlo a 1 mes. Es que el sr Montealegre se parece mucho a Zucarita: ambos pequeños, de vocecita poco audible, de mano blanda al saludar, externadistas,taimados. Además, a Montelegre le gusta el billete, los Palacios y Palacino.

Jue, 2012-03-29 11:47

Esa famosa sentencia de 1995, la que declaró que el periodo del Fiscal Valdivieso era personal y no institucional, para que continuara a cargo de la investigación del proceso 8.000, armó un despelote monumental. Si faltaba un alcalde, el siguiente comenzaba periodo, que no coincidía con el del concejo y así se fue armando el desorden. La idea con el periodo del Fiscal era que no coincidiera con el periodo del Presidente que lo ternó, por lo que la terna era enviada al final del periodo presidencial. Con la teoría de los periodos personales y con la reelección todo se desbarajustó. Han sido necesarios dos reformas constitucionales para corregir el entuerto y aún así se enfrascan en estas polémicas. Ya el asunto no es de interpretación legal sino de otra clase de intereses, porque la Constitución es bastante clara: el periodo es institucional y ahí no hay nada que interpretar.

Lun, 2012-04-02 09:27

Entiendo que no es realmente así. Que los períodos no coincidieran no fue realmente deliberado. No sé lo del proceso 8000, que dices. La sentencia del 95 parece bastante clara y 'objetiva'.

Jue, 2012-03-29 10:28

pues según el procurador en su inmensa sabiduría e iluminado por inspiración divina, el período debe ser de 4 años suficientes para tapar los yerros del Mesías.

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