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Domingo Junio 04, 2023

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Las noticias más importantes de las últimas dos semanas en Colombia han tenido el mismo actor: el Consejo de Estado. En pocos días abrió el camino para la destitución de Petro, suspendió la venta de ISAGEN, ordenó una multimillonaria inversión para descontaminar el Río Bogotá, restituyó los derechos políticos del ex alcalde de Medellín Alonso Salazar, se convirtió en juez disciplinario para cambiar las decisiones del Procurador, le recortó facultades contractuales a Ecopetrol y etc.

Habrá que acostumbrarse. La ley 1437 del 2011 le otorgó poderes nuevos cuyos efectos empiezan a verse.

El Consejo de Estado había salido mal librado en el reparto de poderes que diseñó la Constitución en 1991. El enorme poder que les dio a los jueces, que cambió en forma radical el esquema de separación de poderes, convirtió a la Corte Constitucional en el nuevo gran protagonista del sistema político colombiano. Es bastante significativo que muchas de las manifestaciones que tienen como escenario la Plaza de Bolívar de Bogotá miren hacia el costado norte donde está el Palacio de Justicia y no hacia el costado sur donde está el Capitolio.

La Corte Suprema de Justicia asumió un papel preponderante como consecuencia de la competencia de juzgamiento de los congresistas.  Fue actor principal del proceso 8000 y lo es del proceso por la parapolítica, los dos escándalos políticos más grandes de los últimos 25 años, que si bien no produjeron todos los efectos electorales sí fueron un cisma para el Congreso.

De la mano de magistrados como Alejandro Ordóñez, el Consejo de Estado, en cambio, se refugió en interpretaciones jurídicas formalistas. No se adecuó a la enorme transformación en la cultura jurídica que significó la tutela. Durante años se negó a reconocerles derechos fundamentales a las personas jurídicas. Durante un tiempo largo restringió la tutela a unos pocos derechos. Se quedó negando la tutela contra las decisiones judiciales. Todo mientras la Corte Constitucional desarrollaba una audaz jurisprudencia que le trasladó un inmenso poder a los ciudadanos.

Su misión como juez administrativo la ejerció con criterios anticuados, apegados a interpretaciones legalistas que seguían reglas pre constitucionales.

Además de todo, se metió en disputas internas que bloquearon decisiones y dificultaron la elección de nuevos consejeros. Las refriegas internas no han terminado, al contrario, se encuentran en un momento especial, de definiciones diría. Varios de sus miembros responden a motivaciones políticas que atienden al uribismo, pero hay un grupo de consejeros progresistas que ha abierto camino.

Pero el cambio de rol del Consejo de Estado no depende solo del cambio de personas, o del tipo de formación jurídica de sus miembros sino de las modificaciones legales que se adoptaron en la mencionada ley 1437, que se aprobó después de una larga discusión en muchos escenarios, todos técnicos y académicos.

El Ministro Vargas Lleras facilitó el tránsito del espacio jurídico a la decisión política del Congreso y con otra ley, del Código general del proceso, introdujo elementos de una importantísima reforma a la justicia que ha pasado desapercibida para la mayoría de los ciudadanos que nos quedamos con la idea de que la “reforma a la justicia”, que en realidad era una puja de poderes, se había hundido.

El caso de Alonso Salazar, además de la importancia política que tiene, es un buen ejemplo de los efectos del Código Contencioso Administrativo: se resolvió en algo más de dos años mientras que el de la ex gobernadora Leonor Serrano de Camargo, que era casi idéntico, tardó más de diez años.

Las decisiones del Consejo de Estado de los últimos días que han colmado los titulares son el efecto de dos herramientas nuevas que van a convertirse en generadoras permanentes de noticias: las medidas cautelares que pueden adoptar ahora los jueces administrativos y que no son exclusivamente la suspensión provisional; y la posibilidad de modificar los actos administrativos, no solo de anularlos.

Con la facultad de expedir medidas cautelares suspendieron la venta de ISAGEN y abrieron una discusión de importantes consecuencias para la tutela.

En el caso Petro, el Consejo dijo que se debía acudir al trámite ordinario de nulidad y restablecimiento del derecho y no a la tutela.

Eso significa que si esa jurisprudencia es mantenida por la Corte Constitucional se empezará a revertir la tendencia de considerar que por la crónica congestión de los despachos judiciales y las limitadas facultades de los jueces en los procesos ordinarios, las acciones distintas a las tutelas eran vistas como ineficaces para proteger oportunamente los derechos de las personas.

Lo que dijo el Consejo de Estado es que el procedimiento ordinario puede ser tan efectivo, tan rápido, tan informal como la tutela. Si eso es así, estaríamos frente a un cambio trascendental. Habrá que esperar que dice la Constitucional, que si acepta esa tesis, se quitará trabajo pero también renunciará a parte de su poder. La preeminencia de esa Corte está basada, entre otras cosas, en que la tutela ha servido para todo.

La otra herramienta, la de modificar actos administrativos y no solo anularlos como era tradicional, tiene también importantes consecuencias en el reparto de poderes.

Muchos abogados están discutiendo sobre la decisión del Consejo de Estado en los dos casos que involucraron a la Procuraduría está semana. Hay varios aterrados porque los consejeros cambiaron la calificación de las faltas que se les atribuía a Salazar y al Policía y les cambiaron las sanciones. Eso mismo podría pasar con cualquier acto administrativo.

Los consejeros podrían cambiar una resolución de cualquiera de las superintendencias (para tomar cualquier ejemplo) y adoptar una completamente nueva.

El poder de los consejeros dejó de ser exclusivamente negativo en estas materias y en la práctica –aunque los ortodoxos no acepten esta afirmación- asumen la competencia de las autoridades administrativas al momento de resolver las peticiones de nulidad de los actos.

Hay un nuevo protagonista en la política y valdría la pena entonces que sepamos –por ejemplo- quiénes integran ese cuerpo que tiene tanto poder.

Perfiles relacionados: 
Germán Vargas Lleras
Alejandro Ordóñez
Gustavo Francisco Petro Urrego
Alonso Salazar Jaramillo
Comentarios - Cada usuario tiene la posibilidad de incluir solo tres comentarios
Lun, 2014-03-31 09:30

El Consejo de Estado tiene engavetada la "Megademanda" como la bautizo semana, contra la elección de Ordoñez. Mientras no la resuelva su credibilidad en acciones frente al actual procurador es cercana a cero. Y la procuraduría, siempre ecuánime, hace poco pidió a los consejeros implicados en la demanda no declararse impedidos, cosa que ya ni debería extrañar. Es un tema que no puede quedarse olvidado, porque va al corazón de las alianzas políticas y favores que han perjudicado tanto a la rama judicial en la elección de magistrados, como este señor Ordoñez.

Lun, 2014-03-31 09:34

Nada más cambio la tipificación de la falta, cambiarla de inhabilidad de 12 años a amonestación, es decir que el procurador se extralimitó, puso la sanción que no era, LA EMBARRO, con E de intervención en política de su ilustrísima.

Lun, 2014-03-31 09:37

Como siempre el gato comentando desde arriba de la cerca... con aliento de haber comida hace poco y la cola aún asomando. Puede tener razón, pero habla mas mal de instituciones como el consejo de estado que de Petro. Porque la discusión se vuelve política y resolver problemas políticos con decisiones "jurídicas" es de regímenes como el de Venezuela, el de Ecuador, y el de Colombia.

Sáb, 2014-03-29 22:40

Como cambia el discurso de algunos, ahora si le sirve la nulidad a Petro, pero las medidas cautelares que ya recibió no son las mismas que solicita nuevamente, ya fue destituido, no se le violó ningún derecho, eso es parte del fallo del Consejo de Estado y su proceso para bajar la sanción es ahora como un civil mas, ya no es alcalde, no podrá ser funcionario público durante quince años o hasta que un fallo distinto diga lo contrario, pero a que juega, ¿creer que lo restituirán por esta pataleta nueva? y aparte ya se anulo la revocatoria por el mismo fallo que lo inhabilito y sancionó, esto no es una junta de barrio, es Bogotá queriendo ser atacada nuevamente por Petro el inepto, pendiente la demanda por el POT ilegal, el oso de la tapahuecos y el detrimento patrimonial por los subsidios sin soporte fiscal, ya renueva la ciudad proyectos estancados por Petro, vivienda en Usme donde ya estaba planeada, la Autopista con la ampliación que Petro no dejó y pronto veremos la ALO reactivada...

Sáb, 2014-03-29 10:25

CIZAÑERO MAYOR

Xq’ el Consejo de Estado esperó este momento, No para decidir, como SI publicar una decisión q de seguro hace rato estaba tomada, y la tenían como AS bajo la manga, solo q el momento propicio no estaba dado: CUAL?.

El Consejo de Estado confirma q el caso Petro fue netamente Político y muy bien orquestado para terminar dando la imagen q si hay garantías y q el sistema si funciona en Colombia, x lo tanto la solicitud de Petro ante la CIDH, SOBRA.

El mismo Riveros reconoce q el caso Serrano ‘’muy parecido’’, no ha tenido tanta celeridad, y el caso Salazar q si es muy parecido al de Petro, aparezca como ‘’ejemplo’’ ante la comunidad internacional de nuestro actuar ‘’independiente, imparcial y sobre todo con la verdad’’.

Me rio de los analistas miles, q en todo este tiempo, por acción, omisión incluso hasta x desconocimiento, hablaron de la No competencia de la CIDH, y ahora andan haciendo análisis de lo q el gobierno se pasó x la faja.

Sáb, 2014-03-29 10:22

Qué buen post. Excelente.

Sáb, 2014-03-29 10:46

Cierto Bat se me olvidaba ,resulto Chévere esto q llaman Post los especialistas y otros-jejeje perdón x lo q t corresponda-.

No soy abogado, pero mi sentido común dice q debe haber instancias judiciales progresivas hasta llegar a una máxima q sea quien realmente defina-oráculo o altar mayor-, y por la importancia q adquiere esta última instancia, debe y tiene q estar integrada por juristas del más alto nivel de imparcialidad, objetividad y ante todo de verdad apegado a la constitución y la ley. Constitucionalistas q TIENEN q estar cubiertos de tan alto grado de ética y moral q prácticamente rayen en la perfección.

SE PODRÁ TANTA BELLEZA EN COLOMBIA?.

Para eliminar un monstruo según Riveros y x lo q se ve, toca tener q crear otro?.

Mejor dicho, Una guerra para acabar con otra?.

.. q no conteste la extrema derecha plisss.

Sáb, 2014-03-29 12:12

Esto está muy interesante y el tema "Petro" no ha acabado. Incluso, desde cierto punto de vista, apenas está comenzando. En lo jurídico hay varias acciones de alto calibre que recién comienzan a moverse. "Haberán sorpresas", dijo el viejo Juan cuando miraba a las vacas pastando.

Sáb, 2014-03-29 10:21

Como lo dijo la amiga del procurador la magistrada Rojas Lasso, Petro, DESDE EL PRINCIPIO, debió solicitar la nulidad y nada de lo que hoy vive -la destitución- estaría sucediendo.

Dom, 2014-03-30 02:53

La verdad es que el Consejo de Estado con la decisión de mitigar la sanción contra el exalcalde de Medellín, lo que hizo de MANERA COLOQUIAL, es decirle a Petro "mire cómo si lo podemos ayudar con su destitución de 15 años, pero ya no le eche mas leña internacional al tema de la justicia en Colombia".

Sáb, 2014-03-29 10:15

Es claro, el Procurador no es omnipotente, por encima suyo està el Consejo de Estado, por tanto, no se requiere cambios al poder que encarna la Procuraduría, solo se requiere que quien sea el titular del Ministerio Público sea un demócrata. El Consejo de Estado se convierte en la 2a instancia de la Procuraduría General de la Nación, como debe ser.

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