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El (apretado) calendario para la paz
Por: Natalia Arenas, Mié, 2014-10-29 17:58

Si el Gobierno quiere que la refrendación de un eventual Acuerdo de Paz con las Farc se haga al mismo tiempo de las elecciones locales del 2015, éste tendría que haberse firmado el 22 de febrero del 2015. 

Esa es la conclusión de las condiciones que puso la Corte Constitucional al fallar sobre el tema y que publicó hoy [1]: la Corte dijo que los acuerdos se deben dar a conocer antes de que se presente en el Congreso una ley para convocar al referendo mediante el cual se refrendarían. Esta condición aprieta totalmente el calendario del proceso de paz.

Con esas fechas mínimas, este sería el calendario al que tendría que ajustarse el proceso de paz si el Gobierno quiere que el referendo se haga en octubre del próximo año para aprovechar la logística de las elecciones locales y así lograr el umbral de más de la mitad del censo electoral que se necesita para legitimar los acuerdos de La Habana. Si no, hay que esperar cuatro años más.

Instrucciones: haga clic en los días resaltados en el calendario para saber las fechas límites para refrendar los acuerdos en las elecciones de octubre. Los días sombreados son los plazos que tiene cada trámite.
 
 
Fecha límite para firmar un Acuerdo Final de Paz con las Farc.

?A más tardar, ese día debe estar firmado el Acuerdo Final con las Farc en La Habana para que el país pueda refrendarlos en las elecciones regionales de 2015. Casi cuatro meses a partir de hoy.

 
Fecha límite para divulgar el Acuerdo Final de Paz.

?Ese día se deben publicar y divulgar los acuerdos para cumplir la condición de la Corte de que esto ocurra antes de que se presente el proyecto de ley que convoca al referendo en el Congreso. Sin embargo, no establece cómo se debe hacer. Esto quiere decir que el Gobierno los puede publicar en la página web o presentarlos en la prensa el día antes de presentar el proyecto en el Congreso.

 
Fecha límite para empezar a discutir en el Congreso la ley de convocatoria.

?El plazo mínimo que puede durar la discusión de una ley como esta en el Congreso -con caracter de urgencia y comisiones conjuntas, es decir que pasé al tiempo por Cámara y Senado- son 30 días ordinarios. Por eso, si para esta fecha no se ha llegado a un acuerdo final con las Farc no alcanza el tiempo para refrendarlo en las elecciones locales.

 
Congreso aprueba la ley ordinaria que convoca el referendo.

?Esta es la fecha límite en la que debe quedar aprobada por el Congreso la ley para convocar al referendo si se quiere que se vote el día de las elecciones locales.

 
La ley que convoca al referendo entra a revisión automática de la Corte Constitucional.

?Este día debería entrar a revisión automática de la Corte Constitucional la ley que convoca a un referendo después de pasar por el Congreso. La Corte tiene 30 días para recibir comentarios sobre la constitucionalidad de la ley tanto de la ciudadanía (los primeros 10 días) como de la Procuraduría, uno de los mayores opositores a este proceso de paz y que tiene los 20 días siguientes. Después, la Corte tiene un plazo mínimo legal de 90 días para hacer la revisión. Aunque puede tardar menos, en la práctica, la Corte se ha tomado más tiempo. En el último referendo, que hacía una consulta para convocar a la segunda reelección de Álvaro Uribe, la Corte se demoró cinco meses y medio en revisarlo. Ese es el menor tiempo que ha registrado la Corte en los últimos tres referendos.

 
Empieza la campaña para promover el referendo.

?Este día, tres meses antes de las elecciones, empieza la campaña para el referendo. Además, la Registraduría puede empezar a buscar la plata para hacer el referendo y mandar a hacer el tarjetón, en lo que mínimo se demoran dos meses. La Registraduría y el Ministerio de Hacienda deben negociar el valor que cuesta hacer el referendo, y por ahora, la Registraduría ha dicho que pueden ser 25 mil millones de pesos. Sin embargo, según la misma Registraduría, en el presupuesto nacional del próximo año ya está incluído un rubro flexible para hacerlo pero el monto específico no está definido.

 
Fecha límite para tener listos los tarjetones.

?Este día la Registraduría tiene que empezar a repartir los tarjetones en los puestos de votación a nivel nacional con la pregunta específica que tienen que refrendar los colombianos en las urnas.

 
Elecciones locales alcaldes y gobernadores.

?El 25 de octubre del próximo año serán las elecciones locales para elegir Alcaldes y Gobernadores. Esa es la fecha en la que el Gobierno deberá presentar el referendo para

 
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Con el referendo de la paz, Santos destapa sus inamovibles [2]

URL de origen: https://archivo.lasillavacia.com/node/49010

Enlaces:
[1] https://es.scribd.com/doc/244927832/CORTE-CONSTITUCIONAL-No-41-Comunicado-21-de-Octubre-de-2014-1
[2] https://archivo.lasillavacia.com/historia/con-el-referendo-de-la-paz-santos-destapa-sus-inamovibles-45463