El juicio disciplinario que comenzó hoy (con la formulación del pliego de cargos, que equivale a una acusación formal) la Procuraduría General en contra del alcalde de Bogotá Gustavo Petro no tendrá un fallo definitivo tan rápido como algunos creen. La Silla pudo establecer que el proceso no será verbal, como el que por ejemplo se llevó en contra del exsecretario de Gobierno Guillermo Asprilla, sino que será ordinario. Por eso, llegar a una decisión final podría tardar hasta 12 meses.
Los procesos verbales son más rápidos, pues tardan alrededor de cinco meses y tienen además audiencias públicas, situación que no se da en los procesos ordinarios como es el de Petro.
La decisión de que el juicio fuera ordinario se tomó, según una fuente de la Procuraduría, porque la documentación con la que cuenta el Ministerio Público es muy extensa (más de tres mil folios) y eso requiere de más tiempo para ser revisado y además porque casi todas las pruebas son documentales y no verbales.
Sin embargo, en cualquiera de las etapas del juicio que comienza la Procuraduría puede suspender por tres meses prorrogables al Alcalde si considera que se cumplen alguna de estas tres condiciones: si cree que Petro puede interferir en el proceso, si cree que sigue cometiendo la falta o si cree que puede volver a cometerla. Tal y como lo consideró en el caso del exalcalde Samuel Moreno, cuyo proceso sin embargo fue verbal y no ordinario y tardó siete meses en llegar a un fallo en segunda instancia.
Si el juicio en contra de Petro se falla a más tardar el 30 de junio del año entrante y es destituido se tendría que convocar a nuevas elecciones en la ciudad, pero si hubiera una destitución después de esa fecha, los progresistas tendrían derecho a presentar una terna de militantes de ese movimiento para que el Presidente nombre un alcalde encargado. Es decir, aún con el mandatario destituido, podrían quedarse con las riendas de Bogotá.
La Procuraduría formuló tres cargos en contra de Petro, todos relacionados con el lío de las basuras en Bogotá. El primero es una presunta falta discipinaria por haber pedido al director de la Uaesp y a los gerentes del Acueducto y de Aguas de Bogotá que suscribieran unos contratos para asumir la prestación del servicio de aseo, sin tener en cuenta que esas entidades no contaban "con la más mínima experiencia y capacidad requerida para dicho fin".
El segundo cargo imputado a Petro es por haber expedido el Decreto 564 de 2012, mediante el cual adoptó un esquema de prestación del servicio público de aseo con el que "pudo violar" el principio de la libre competencia.
Y tercero, la Procuraduría cuestiona al Alcalde por haber expedido otro decreto: el 570 de 2012, mediante el cual autorizó el uso de vehículos tipo volquetas para operar las basuras en la ciudad, con lo cual pudo violar las disposiciones constitucionales y legales referentes a la protección del medio ambiente.
La Procuraduría calificó las dos primeras presuntas faltas como gravísimas a título de dolo (es decir, que el Alcalde actuó con intención) y la tercera como gravísima con culpa gravísima (que no actuó con intención, pero sí con negligencia).
Ahora lo que sigue es que Petro rinda sus descargos ante el Ministerio Público, en un escrito para el cual tiene un plazo de 10 días para presentarlo y solicitar su aporte de pruebas.
Esta espada de Damocles que cuelga ahora sobre Petro se suma al proceso de revocatoria que tiene en su contra y cuyas firmas ya fueran certificadas por la Registraduría.
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